Este trámite se debe realizar en el Servicio de Rentas Internas, dentro de los 30 días posterior a la inscripción de las candidaturas.
Para poder justificar los ingresos y egresos que los tesoreros de los movimientos, alianzas y partidos políticos efectúen dentro de la campaña electoral que se avecina, se ha dispuesto que se inscriban en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), indicó Gonzalo González, director provincial del Servicio de Rentas Internas del Cañar.
Hasta el pasado jueves, en la provincia del Cañar, únicamente los movimientos Avanza lista 8, Patria Altiva y Soberana lista 35, y Sociedad Patriótica lista 3 se habían inscrito.
González señaló que para cumplir este trámite es necesario que se entregue la siguiente documentación: el formulario de inscripción de candidaturas, un documento que justifique la dirección en donde funcionará la sede de la agrupación política, la inscripción de un responsable económico y un contador, las copias de la cédula y certificado de votación del responsable económico.
Los partidos políticos una vez inscritos adquieren obligaciones tributarias como sujetos pasivos, en este caso deberán presentar las declaraciones mensuales del Impuesto al Valor Agregado (IVA), las declaraciones mensuales de retenciones en la fuente por las compras que efectúen y los anexos transaccionales.
Al ser entidades privadas sin finalidad de lucro no estarán obligadas al pago del Impuesto a la Renta, sin embargo, una vez que terminen el proceso electoral deberán presentar una declaración informativa del Impuesto a la Renta previo el trámite de cese de RUC, máximo hasta 30 días después de que se proclamen los resultados de las elecciones.
El director del SRI invitó a los responsables de las demás organizaciones políticas que han sido acreditadas en la provincia para que realicen su inscripción. (JM)
Hasta el pasado jueves, en la provincia del Cañar, únicamente los movimientos Avanza lista 8, Patria Altiva y Soberana lista 35, y Sociedad Patriótica lista 3 se habían inscrito.
González señaló que para cumplir este trámite es necesario que se entregue la siguiente documentación: el formulario de inscripción de candidaturas, un documento que justifique la dirección en donde funcionará la sede de la agrupación política, la inscripción de un responsable económico y un contador, las copias de la cédula y certificado de votación del responsable económico.
Los partidos políticos una vez inscritos adquieren obligaciones tributarias como sujetos pasivos, en este caso deberán presentar las declaraciones mensuales del Impuesto al Valor Agregado (IVA), las declaraciones mensuales de retenciones en la fuente por las compras que efectúen y los anexos transaccionales.
Al ser entidades privadas sin finalidad de lucro no estarán obligadas al pago del Impuesto a la Renta, sin embargo, una vez que terminen el proceso electoral deberán presentar una declaración informativa del Impuesto a la Renta previo el trámite de cese de RUC, máximo hasta 30 días después de que se proclamen los resultados de las elecciones.
El director del SRI invitó a los responsables de las demás organizaciones políticas que han sido acreditadas en la provincia para que realicen su inscripción. (JM)
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